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LA LEY DE JUEGO LIMPIO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO DE NUEVA YORK: LO QUE NECESITA


En la industria de la construcción, la clasificación errónea de los trabajadores ha sido un problema constante. Los contratistas generales y subcontratistas habitualmente etiquetan a sus empleados como contratistas independientes y/o pagan a sus empleados "fuera de los libros". Los estudios han demostrado que entre el 15 y el 25 % de los trabajadores de la construcción están mal clasificados por sus empleadores. Esta clasificación errónea no solo crea cargas para el estado y los empleadores que siguen las reglas, sino que priva a los trabajadores de beneficios esenciales como el pago de horas extras, los beneficios de compensación para trabajadores y el desempleo.

Hace una década, Nueva York creó la Ley de Juego Limpio de la Industria de la Construcción del Estado de Nueva York (Ley de Juego Limpio), creando la presunción de que una persona que presta servicios para un contratista es un empleado a menos que se pueda demostrar que es un contratista independiente o un negocio separado entidad. Los criterios bajo la Ley de Juego Limpio para probar que un trabajador es un contratista independiente son:

1. El trabajador está libre de dirección y control al realizar el trabajo; Y


2. El trabajo realizado no es parte del trabajo habitual realizado por la empresa que contrató al trabajador; Y

3. El trabajador tiene un negocio establecido de forma independiente.

Si un contratista viola intencionalmente la Ley de juego limpio, existen sanciones monetarias y puede haber sanciones penales. Se requiere que los empleadores publiquen un aviso de la Ley de Juego Limpio en un lugar "prominente y accesible" en el lugar de trabajo. El incumplimiento de este requisito también conlleva sanciones pecuniarias.

Si usted es un trabajador de la construcción y se lesiona en el trabajo, debe presentar un reclamo de beneficios de compensación para trabajadores, incluso si su empleador le paga extraoficialmente y/o le informa que es un contratista independiente. Un reclamo debe presentarse dentro de los dos años posteriores al accidente o lesión para que sea oportuno.

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